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Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo 1/6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo.
La Entidad está adherida al Fondo de Garantía de Depósitos Español de Entidades de Crédito. El Fondo garantiza los depósitos en dinero hasta 100.000 euros, por titular y entidad.
Cuentas
Cuenta de Pago Básica
Una cuenta para tus operaciones del día a día
Sin necesidad de contratar ningún otro producto
Asocia una tarjeta de débito o prepago a tu cuenta
- Gris oscuro262
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Características y comisiones
La cuenta de pago básica es una cuenta no remunerada destinada a personas físicas mayores de edad que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión. Dispondrás de un medio financiero para realizar las operaciones básicas, tales como ingresos y retiradas de efectivo desde la oficina o en el cajero, transferencias o domiciliación de recibos.
La cuenta de pagos básica tiene una comisión mensual máxima de 3€ que cubre los siguientes servicios:
- Apertura, uso y cierre de la cuenta.
- Depósito de fondos en efectivo en euros.
- Retiradas de dinero en efectivo en euros en nuestras oficinas o cajeros en España o en otros Estados miembros de la Unión Europea.
- Incluye hasta 120 operaciones de pago al año, en euros, dentro de la Unión Europea: pagos de recibos domiciliados y transferencias, incluidas las transferencias permanentes, tanto en oficinas de Cajasiete como en ruralvía.
- Si contratas una tarjeta de débito, se incluirán también en la comisión los pagos que realices con ella, tanto físicos como en línea, dentro de la Unión Europea.
En los casos en los que consideremos que el cliente se encuentra en situación especial de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión social, la cuenta será gratuita, al menos durante los dos primeros años, a contar desde la fecha de solicitud de la condición de gratuidad.
(*)Ejemplo representativo. Cuenta no remunerada:
- TIN 0,00% y TAE -1,193% calculada para el supuesto de ejemplo para saldo diario de 3.000€mantenido durante un año, sin remuneración y con una comisión de mantenimiento de 3,00€ mensuales.
- TIN 0,00 y TAE - 0,718% calculada para un supuesto de ejemplo para saldo diario de 5.000€ mantenido durante un año, sin remuneración y con una comisión de mantenimiento de 3,00€ mensuales.
- TIN 0,00% y TAE 0,00% para cualquier supuesto de ejemplo en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social.
Objetivos
Los objetivos de la cuenta de pagos básica son los siguientes:
Proporcionar acceso a los servicios bancarios básicos a cualquier persona física.
Transparencia y comparabilidad de las comisiones aplicadas a las cuentas de pago.
Facilitar el traslado de cuentas, tanto dentro de España como en la Unión Europea.
Tarifas
Información sobre intereses, comisiones y gastos: de forma anual, Cajasiete enviará a los titulares de la cuenta de pagos básica un documento denominado “Resumen anual de comisiones, gastos e intereses”, en el que te informaremos con detalle sobre los intereses, comisiones y gastos pagados o cobrados durante el ejercicio del año anterior.
Criterios que determinan la situación de vulnerabilidad o de riesgo de exclusión social
Para determinar estas situaciones, se procederá a evaluar los siguientes criterios:
1) la renta y el número de miembros de la unidad familiar utilizando el Indicador de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM)
Se considerará dentro de este colectivo al cliente que no supere los siguientes umbrales:
- Personas no integradas en ninguna unidad familiar: ingresos inferiores a tres veces el indicador público de renta.
- Personas integradas en una unidad familiar con menos de cuatro miembros: ingresos inferiores a tres veces y media el indicador público de renta.
- Personas integradas en unidades familiares compuestas por cuatro o más miembros, o que tengan reconocida su condición de familia numerosa: ingresos inferiores a cuatro veces el indicador público de renta.
- Personas integradas en unidades familiares que tengan en su seno a una persona con grado de discapacidad igual o superior al 33% (reconocido oficialmente por resolución expedida por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales o por el órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que reside): ingresos inferiores a cuatro veces el indicador público de renta.
2) Además de lo anterior, se requiere que:
- No concurran titularidad, directa o indirecta, o derecho real alguno sobre bienes inmuebles, excluida la vivienda habitual.
- Ni sean titulares reales de sociedades mercantiles, por parte de ninguno de los miembros que integren la unidad familiar.
3) Personas que sean víctimas de trata o explotación sexual, en cuyo caso quedará exenta de cumplir con los requisitos indicados en los apartados 1 y 2.
Motivos por lo que se puede denegar la apertura de la Cuenta
Cajasiete podrá denegar la apertura de una cuenta de pagos básica si se produce alguna de las siguientes situaciones:
- Si no aportas la documentación requerida por Cajasiete.
- Si la apertura es contraria a los intereses de Seguridad Nacional o de orden público.
- Si ya eres titular en España de otra cuenta que te permita disponer de los servicios básicos, a menos que decidas finalizar el contrato con la otra entidad. En este caso, Cajasiete podrá verificarlo antes de abrir la cuenta e incluso solicitar una declaración responsable firmada.
Si por alguna de estas causas considerásemos que no puede gestionarse la apertura de la cuenta de pagos básica, la decisión se le comunicará al solicitante por escrito en un plazo máximo de 10 días.
En el caso de que no estés conforme con la denegación de tu solicitud, podrás ponerte en contacto con nosotros en el Servicio de Atención al Cliente de Cajasiete, a través de los siguientes medios:
- Correspondencia Postal: Av. Manuel Hermoso Rojas, nº8, 38003, Santa Cruz de Tenerife
- Teléfono: 922 60 84 00
- Correo electrónico: cajasiete_sac@cajasiete.com
Una vez recibida tu reclamación, el Servicio de Atención al Cliente resolverá en los 10 días naturales siguientes la admisión o no a trámite de la misma, y dispondrá de un plazo máximo de 2 meses para resolver el expediente desde la fecha en que la queja o reclamación fuera presentada en el servicio de atención al cliente o en alguna oficina abierta al público o dirección de correo electrónico de Cajasiete, salvo en aquellos casos en los que, por normativa, los plazos de resolución deban ser inferiores.
Durante este periodo de tiempo, no podrás acudir a otras vías judiciales o arbitrales para la resolución del mismo caso. Deberás esperar a que el Servicio de Atención al Cliente haya dictado resolución.
Si la solución que te ofrece Cajasiete no te resulta satisfactoria, o si hubiera transcurrido el plazo máximo de dos meses desde la presentación de tu escrito sin recibir respuesta, podrás plantear tu reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España (Calle Alcalá, 48 - 28014 Madrid- Teléfono 901 545 400), o través de su oficina virtual: https://clientebancario.bde.es.
Deberás tener en cuenta que el citado organismo te exigirá la justificación de haber acudido previamente al Servicio de Atención al Cliente de la entidad.
Información útil para tu conocimiento
Recuerda que tenemos disponible un glosario online con la explicación de los términos que puedan resultarte confusos.
También puedes consultar en detalle el documento informativo sobre las comisiones referente a la Cuenta de Pago Básica General y la Cuenta de Pago Básica Vulnerabilidad.
Forma de contratación
Para contratar la cuenta de pago básica, deberás acudir a nuestra oficina de Cajasiete, donde se te solicitará la formalización del contrato de apertura de la cuenta.
Además, deberás firmar una declaración en la que se indicará que no dispones de una cuenta de pago en otra entidad en España, y tendrás que aportar la información requerida por Cajasiete en cumplimiento de la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
¿Quién puede solicitar una cuenta de pagos básica?
- Puede ser contratada por cualquier persona física, mayor de edad, que resida de forma legal en la Unión Europea, incluidos los clientes que no tengan domicilio fijo; y que no utiliza la cuenta para su actividad profesional.
- También las personas solicitantes de asilo, e incluso aquellos que no tengan un permiso de residencia, pero su expulsión sea imposible por razones jurídicas o de hecho.
- Siempre que no dispongan de una cuenta similar en otra entidad en España.
¿Qué servicios incluye?
La cuenta de pago básica te ofrece los siguientes servicios:
- Disponer del dinero siempre que lo necesites, tanto en la oficina como en los cajeros.
- Realizar ingresos en efectivo.
- Realizar y recibir transferencias.
- Domiciliar recibos.
Para contratar la cuenta de pago básica no es necesario adquirir ningún otro servicio, pero puedes disponer de los siguientes productos adicionales, si los solicitas:
- Podrás disponer de una tarjeta de débito o prepago asociada a la cuenta para realizar compras en comercios con cargo inmediato a los fondos de la misma, consultas de saldo y retiradas de efectivo en cajero, realizar transferencias, pago de recibos… toda la operativa disponible en los cajeros de Caja Rural repartidos por todo el territorio español, a excepción de los ingresos de cheques.
- También tendrás acceso al servicio de banca multicanal ruralvía, que permite realizar toda la operativa bancaria indicada en cualquier momento y lugar, sin tener que acudir a la oficina, a través de la web ruralvia.com, las aplicaciones de móvil y tablet (ruralvía) o el servicio de banca telefónica.
¿La entidad puede resolver el contrato de forma anticipada?
Cajasiete podrá resolver de manera unilateral el contrato de la cuenta de pagos básica cuando se cumpla alguna de las siguientes condiciones:
A) Resolución con aviso previo de dos meses antes de la finalización del contrato con los titulares:
- No se haya efectuado ninguna operación en la cuenta durante más de 24 meses consecutivos.
- El titular de la cuenta de pagos básica haya abierto otra cuenta en España que le permita hacer uso de los mismos servicios.
- Cuando el titular no resida de forma legal en la Unión Europea.
B) Resolución con aviso previo, de forma inmediata:
- Cuando se haya utilizado de manera deliberada la cuenta para fines ilícitos.
- Si el titular ha facilitado información incorrecta para obtener la cuenta.
C) Resolución sin aviso previo y sin justificación:
- Que no se haya aportado la documentación o información requerida por la entidad.