Cajasiete y Mercatenerife firman un acuerdo para facilitar condiciones financieras especiales a sus operadores

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Comienza el mes de abril y de nuevo entramos en periodo de cumplir con el fisco. El impuesto que afecta a un mayor número de contribuyentes en España está de vuelta y en el presente artículo abordaremos los principales cambios y novedades introducidas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para el ejercicio fiscal 2024 con la finalidad de evitar sustos y minimizar la factura fiscal.
A continuación, se individualizan por categorías las novedades más relevantes:
-Obligación de declarar: Se eleva el límite excluyente de la obligación de declarar para contribuyentes que perciban rendimientos íntegros del trabajo de más de un pagador de 15.000 a 15.876 euros. Para el resto de contribuyentes con rendimientos del trabajo, el límite se mantiene en 22.000 euros anuales.
-Plazos: El plazo para la presentación de la declaración comienza el 2 de abril y finaliza el 30 de junio de 2025. Si se opta por la domiciliación bancaria del pago, el plazo finaliza el 25 de junio de 2025.
-Se permiten dos nuevas formas de pago, mediante BIZUM y con tarjeta de crédito o débito en condiciones de comercio electrónico seguro.
-La autoliquidación rectificativa se convierte en el sistema único para rectificar, completar o modificar una autoliquidación previamente presentada.
-Se declaran exentas, bajo ciertos requisitos, ayudas y rentas percibidas por los afectados por la DANA.
-Se aumenta el importe máximo de la reducción general por obtención de rendimientos del trabajo, que pasa a 7.302 euros anuales, con una cuantía que decrece en tramos según aumentan los rendimientos netos del trabajo.
-Se establece la posibilidad excepcional, entre el 13 de noviembre de 2024 y el 12 de mayo de 2025, de disposición anticipada de derechos consolidados de planes de pensiones y otros instrumentos de previsión social para contribuyentes afectados por la DANA, con ciertas condiciones e importe máximo.
El porcentaje de reducción de los contratos de arrendamiento de vivienda celebrados a partir del 26 de mayo de 2023 será del 50%, con carácter general, que podrá incrementarse hasta el:
-90% si se ha formalizado un nuevo contrato de arrendamiento siempre que la vivienda esté situada en una zona de mercado residencial tensionado y que la renta inicial se rebaje en más de un 5% en relación a la última renta tras la aplicación de IPC.
-70% si se cumple cualquiera de estas circunstancias. Alquiler por primera vez en una zona de mercado residencial tensionado y el arrendatario tenga entre 18 y 35 años o que se trate de vivienda asequible incentivada o protegida y el arrendatario sea una Administración Pública o una entidad sin fin lucrativo o acogida a algún programa público de vivienda que limite la renta del alquiler (alquiler social o de personas vulnerables).
-60% si la vivienda ha sido rehabilitada en los 2 años anteriores a la fecha del contrato.
-Para contratos anteriores al 26 de mayo de 2023, se mantiene como régimen transitorio la reducción del 60% hasta la renovación de los contratos.
-Estimación Directa:
1.Se mantiene la cuota máxima deducible por contingencias comunes en mutualidades alternativas al RETA en 15.266,72 euros.
2.El porcentaje de gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada vuelve a ser del 5 por 100 sobre el rendimiento neto para 2024.
3.Se establece la libertad de para vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga que entren en funcionamiento en 2024 y 2025, cumpliendo ciertos requisitos.
-Estimación Objetiva:
1.Se mantienen para el 2024 los límites cuantitativos excluyentes fijados para los ejercicios 2016 a 2023, tanto para el volumen de rendimientos íntegros como para el volumen de compras.
2.Se mantienen para 2024 las reducciones del 35% y 15% en el precio de adquisición del gasóleo agrícola y los fertilizantes, respectivamente.
3.Se reduce del 10 al 5 por 100 la reducción general aplicable sobre el rendimiento neto de módulos obtenido en 2024.
4.Se aprueba una reducción del 25 por 100 del rendimiento neto de módulos para actividades económicas desarrolladas en los municipios afectados por la DANA durante 2024. Se mantienen las reducciones para Lorca (20% para actividades no agrícolas) y La Palma (20% para todas las actividades).
-En el régimen de imputación de rentas inmobiliarias, se seguirá aplicando la imputación al 1,1 por ciento en 2024 para aquellos municipios donde los valores catastrales revisados hayan entrado en vigor a partir de 2012, al igual que en 2023.
-Se actualiza la lista de países y territorios calificados como jurisdicción no cooperativa, incluyendo novedades como Barbados, Guam, Palaos, Samoa Americana, Trinidad y Tobago y Samoa (régimen fiscal perjudicial - offshore business).
La Comunidad Autónoma de Canarias ha fijado por primera vez para 2024 las cuantías correspondientes al mínimo del contribuyente y a los mínimos por descendientes, ascendientes y discapacidad.
-Se eleva la deducción por donativos y sus porcentajes:
1.Base hasta 250€, deducción 80%.
2.Resto de la base, deducción 40%.
3.Recurrencia de donativos a una misma entidad durante 3 años, se incrementa la deducción del 40% al 45%.
-Se amplía a 2024 la aplicación de la deducción del 60% por residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma.
-Continúan vigentes en 2024 las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas habituales y en edificios residenciales y las deducciones por la adquisición de vehículos eléctricos "enchufables" y de pila de combustible nuevos, además, de por la instalación de puntos de recarga.
Recordar que se puede tener derecho a deducciones específicas de nuestra comunidad autónoma por circunstancias personales y familiares, relativas a vivienda habitual, por donativos y donaciones o por otros conceptos deducibles. Ejemplos de algunas de ellas, por familias monoparentales, alquiler de vivienda habitual, por donaciones a entidades sin ánimo de lucro, por gastos de estudios o la archiconocida por gastos de enfermedad.
Con carácter general, se mejoran todas las deducciones autonómicas canarias en porcentaje y cuantía. Eso sí, como detalle negativo destaca la desaparición de la deducción por el alza de precios que se impuso años atrás para superar la inflación.
No presentar la declaración sin revisarla previamente, la Administración Tributaria no conoce las posibles deducciones estatales y autonómicas de las que podemos tener posibilidad de aplicación y pueden mejorar nuestra declaración.
Adicional a esto, si pagas sindicato y/o colegios profesionales de colegiación obligatoria y obtienes rendimientos del trabajo su cuantía es deducible.
Si realizas una actividad empresarial o profesional como autónomo en régimen de estimación directa, no olvides incorporar el seguro de salud, es deducible hasta 500€ por cada miembro de la unidad familiar.
Si tienes criptomonedas, ojo, estas pudieran tributar.
Guarda los justificantes acreditativos de la información que incorporas a la declaración, quizá a futuro te hagan falta.
En caso de no saber cómo hacer la declaración, no dudes en acudir a un profesional con titulación acreditada que te ayude a cumplir con tus obligaciones tributarias.
Temática: Fiscalidad y Finanzas
Nacido en Santa Cruz de Tenerife, Doctor en Derecho y Nuevas Tecnologías, diplomado en Ciencias Empresariales y posee dos títulos de máster en Asesoría Fiscal y Contable y Protección de Datos. Es director de la firma CRUZ ASESORES y Decano del Colegio Oficial de Titulados Mercantiles y Empresariales de Santa Cruz de Tenerife, COTIME.
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