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Normativa para el uso de Algoritmos e Inteligencia Artificial en el ámbito laboral
En Mayo de 2022 el Ministerio de Trabajo publica la “guía práctica y herramienta sobre la obligación empresarial de información sobre el uso de algoritmos en el ámbito laboral”, una normativa que regula el uso de algoritmos e Inteligencia Artificial en las empresas
En esta guía, se detalla la información que la empresa debe proporcionar a los representantes de los trabajadores y a los propios empleados. Esto surge del hecho de que cada vez es más habitual que las empresas usen algoritmos o sistemas de inteligencia artificial para tomar decisiones de forma automatizada, que de una forma u otra, afectan a las personas trabajadoras, ya sea a nivel de contrataciones, determinación de horarios, evaluación de rendimiento, control de productividad, ascensos, despido u otros.
Estos métodos pueden ser, en ocasiones, desconocidos para las propias personas trabajadoras o candidatas a un puesto de trabajo, las cuales pueden considerar que dichas decisiones son tomadas por personas humanas. En este contexto, la normativa vigente establece obligaciones empresariales de información con objeto de que las personas afectadas sepan que sus datos están siendo tratados de forma automatizada y que ciertos elementos de su relación laboral dependen de un algoritmo.
Por tanto, el uso de algoritmos o sistemas de inteligencia artificial para tomar decisiones de forma automatizada que afecten a las persona trabajadoras establece obligaciones empresariales de información, con la finalidad de que las personas afectadas sepan que sus datos están siendo tratados de forma automatizada y que, ciertos elementos de su relación laboral, dependen de un algoritmo.
Dicha obligación de dar esta información será proporcionada cuando el uso de algoritmos o sistemas Inteligencia Artificial afecten en materia de selección y contratación de personas, determinación de horarios, evaluación de rendimiento, control de productividad, ascensos, despidos u otros. Además, en el plano individual, tienen derecho de información las personas que estén sujetas a decisiones íntegramente automatizadas, incluyendo la elaboración de perfiles, si bien es cierto, que no se reconoce este derecho de información individual respecto de las decisiones semi-automatizadas en las que también existe intervención humana.
Por otro lado, también tienen derecho de información la representación legal de la plantilla en el uso de algoritmos o sistemas de IA, íntegramente automatizada o semi-automatizadas, que afecten a las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluyendo la elaboración de perfiles. Además, el artículo 64.5 ET establece el derecho de ser informado a la representación legal de la plantilla sobre todas las decisiones de la empresa que pudieran provocar cambios relevantes en cuanto a la organización del trabajo y a los contratos de trabajo.
La transparencia en el uso de algoritmos y sistemas de decisión automatizada se considera esencial en materia de protección de datos personales, lo que exige que el uso de tecnología para tomar decisiones empresariales deba realizarse de forma transparente e informando de los métodos usados y de las finalidades de la misma (artículo 6 RGPD). El trabajador deberá comprender y entender las consecuencias del uso del algoritmo y se lo tiene que explicar alguien en un lenguaje que sea de fácil comprensión. No basta con replicar la decisión adoptada por el algoritmo.